Diputados: Aprueban medidas más rigurosas contra vertimiento de desechos al mar

La Cámara ratificó, por 78 votos, el Protocolo adoptado en 1996, que establece medidas más rigurosas en el Convenio sobre la Prevención de la Contaminación del Mar por Vertimiento de Desechos y otras Materias.

El objetivo de esta herramienta internacional (boletín 6729) es establecer medidas más rigurosas con el objeto de prevenir, reducir y, cuando sea factible, eliminar la contaminación por el vertimiento en el mar, con el fin de proteger y preservar el medio marino y de organizar las actividades humanas de modo que el ecosistema marino siga sustentando los usos legítimos del mar y satisfaciendo las necesidades de las generaciones actuales y futuras.

En 1972, Chile y otros países suscribieron el Convenio sobre la Prevención de la Contaminación del Mar por Vertimiento de Desechos y otras Materias, denominado “Convenio de Londres 1972”, cuyo fin es promover la adopción y el control efectivo de todas las medidas practicables para prevenir la contaminación del mar por el vertimiento de desechos y otras materias.

El 7 de noviembre de 1996, se adoptó un Protocolo modificatorio de dicho Convenio, titulado “Protocolo 1996”, que entró en vigor internacional el 24 de marzo de 2006, destinado a introducir adecuaciones derivadas de la experiencia acumulada en décadas de aplicación del Convenio y de los avances producidos tanto por el conocimiento científico como tecnológico.

Este Protocolo, destinado a sustituir al Convenio de 1972, representa un cambio importante en el tema de la utilización del mar como depósito para los materiales de desecho. Entre las modificaciones más importantes se contemplan el denominado "planteamiento preventivo", según el cual "se adoptarán las medidas preventivas procedentes cuando haya motivos para creer que los desechos u otras materias introducidas en el medio marino pueden ocasionar daños aún cuando no haya pruebas definitivas que demuestren una relación causal entre los aportes y sus efectos".

También se establece el principio de que quien contamina debería, en principio, pagar los costos de la contaminación y que la aplicación del Protocolo no signifique simplemente que la contaminación se traslade de una parte del medio ambiente a otra.

La iniciativa será vista ahora por el Senado, en segundo trámite constitucional.

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