Ordenan devolución de especies incautadas luego del atentado a sede de SalmonChile

Tras una audiencia realizada esta mañana en el Tribunal de Garantía de Puerto Montt, el juez Patricio Rondini, ordenó la devolución de diversos equipos computacionales incautados en ocho domicilios allanados en agosto de 2009 en el marco de la investigación que sigue el fiscal Sergio Coronado por el atentado incendiario ocurrido en mayo pasado, en la sede de SalmonChile de esta ciudad.


Durante la audiencia, también se discutió la ampliación del plazo de investigación solicitada por el fiscal. La defensa de seis de los imputados, integrada por los defensores penales públicos, Francisco Geisse y Norman Santibáñez; además de los abogados particulares Pedro Vega y Jorge Vásquez, se opusieron a dicha solicitud, pues a su juicio, la pericia pendiente de análisis dice relación con información que se habría obtenido de diversos equipos computacionales, sin que se cuente con el consentimiento de sus propietarios, ni mucho menos con autorización judicial.


Pese a ello, el magistrado concedió otros 45 días de plazo para la investigación, sin pronunciarse respecto a la legalidad de la diligencia decretada por el fiscal del caso, posponiendo dicha discusión para la eventual audiencia de preparación de juicio oral. En todo caso, acogió lo solicitado por la defensa y dio un plazo de 10 días para la devolución de los equipos computacionales, pendrives y otras especies.


Imputación


El 22 de septiembre de 2009 fueron formalizados por el delito de incendio 8 personas. Se trata de los dirigentes sindicales Jaime Bustamante Ojeda y Ricardo Casas Mayorga; del asistente social Paulo Rojas Ramírez; el biólogo marino Hernán Espinoza Zapatel; los trabajadores Alejandro Tribiño Guerrero, Francisco Mansilla Barrientos y Pedro Guerrero Guerrero; además del menor C. E. P. (16).


Según la imputación de la fiscalía, los imputados se habrían concertado para provocar un incendio en las oficinas de SalmónChile, resultando más del 40% del inmueble destruido por la acción del fuego, el que se inició en dos puntos. En la puerta de acceso del recinto donde se roció y encendió combustible, y por el accionar de un artefacto incendiario, colocado en una mochila y activado por el filamento de una ampolleta.


Ambos defensores penales públicos sostienen que a sus representados no les cabe participación en los hechos imputados.

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